La estrategia fiscal podemos definirla como aquella que se implementa dentro de los márgenes de la ley, con objeto de optimizar la carga tributaria de una empresa, e incluso podríamos decir abiertamente que su objeto es disminuir el pago de impuestos de forma legal y eficiente, utilizando herramientas de planeación financiera para el adecuado manejo del flujo de efectivo, un programa de compras, un presupuesto de gastos e inversiones en activos, entre otros.
En casos de que alguna persona tenga una deuda con el contribuyente y haya pasado uno, dos o tres años sin pagar dicha deuda, es posible deducir ese crédito incobrable si se cumplen algunas condiciones. Lo anterior se debe a que se acumuló el ingreso por la factura, pero ésta no se ha cobrado, por lo que la deducción por incobrable procede, bajo el cumplimiento de ciertos requisitos de Ley.
Se debe aclarar que cuando la deuda fuere pagada o cobrada, el ingreso respectivo se tiene que volver a acumular y la deducción perdería su efecto, quizás no en el mismo ejercicio, pero bajo este supuesto la deducción en lo futuro no tendría efecto.
Los activos que han perdido su valor igual pueden deducirse, siempre y cuando se una constancia de su destrucción. Para ello se debe presentar un aviso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); se destruyen y deducen
Si se llevan a cabo compras con frecuencia a empresas extranjeras o se efectúan muchos pagos fuera de territorio mexicano, es conveniente buscar a un abogado fiscal para que consulte si pueden aplicar tasas especiales, las cuales están establecidas en tratados internacionales. Con ello se puede minorar la base para el pago del Impuesto sobre la Renta, disminuyendo la tasa de ley que es de un 30% en personas morales y máximo de un 35% en tratándose de personas físicas, pudiendo convertir tales porcentajes hasta un 10 o 15%, incluso en algunos casos se puede llegar a no pagar el impuesto.